top of page

¿CUÁNDO PROCEDE UNA DECLARATORIA DE HEREDEROS?

 



Cuando una persona fallece en Puerto Rico sin haber otorgado testamento, se considera que ha muerto intestada. En tales casos, la transmisión de sus bienes se rige por las disposiciones del Código Civil de Puerto Rico, particularmente las normas de la sucesión intestada, y requiere el trámite judicial conocido como declaratoria de herederos.


¿Qué es la declaratoria de herederos?

La declaratoria de herederos es una resolución emitida por el Tribunal de Primera Instancia en la que se reconoce oficialmente quiénes son los herederos legales de la persona fallecida. Esta resolución es necesaria para que los herederos puedan aceptar la herencia, disponer de los bienes, tramitar traspasos o representarla en procesos judiciales o administrativos.

 

 ¿Quién puede solicitarla?

La solicitud puede ser presentada por cualquier persona que alegue tener derecho a heredar (cónyuge supérstite, hijos, padres, etc.) o por un representante legal autorizado. Se tramita mediante petición jurada ante el tribunal competente en el lugar del último domicilio del causante.

 

Documentos y requisitos típicos:

  • Certificado de nacimiento del causante

  • Certificación negativa de testamento emitida por el Registro de Testamentos

  • Certificado de defunción del causante

  • Información detallada de los posibles herederos (nombres, parentesco, direcciones).

  • Certificado de nacimiento de los herederos

  • Juramento y solicitud formal ante el tribunal.

  • Otras certificaciones pudieran ser necesarias

 

Trámite judicial:

El tribunal evaluará la solicitud, podrá requerir la celebración de una vista si existe controversia sobre los derechos hereditarios o si el juez requiere alguna aclaración. Al evaluar el caso el Tribunal emitirá una resolución que establece quiénes son los herederos del causante.

 

Disposición de los bienes:

El trámite no termina aquí, para los herederos poder disponer de los bienes se requiere hacer una planilla de caudal relicto, avalúo de los bienes y la posterior partición de los bienes.

 

Si necesitas obtener una Declaratoria de Herederos, llámanos al 787-848-0666.

 
 
 

Commentaires


Abogados de quiebras

Bufete Emmanuelli

L.L.C.

Suscríbete

a nuestro Newsletter

Contacto:

Thanks for subscribing!

San Juan: Condominio Gallardo
Calle Recinto Sur #301 en el Viejo San Juan.

Ponce: 472 Ave. Tito Castro, Edif. Marvesa Suite 106, Ponce,

 

Puerto Rico: 787-848-0666

© 2024 - Bufete Emmanuelli, L.L.C. - Todos los derechos reservados

bottom of page