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Informe financiero

Quiebra
Pre -Arreglada

Una quiebra pre-arreglada es aquella en la cual se prepara un plan de reestructuración que se presenta a los acreedores antes de radicar la petición y se obtienen los votos o aprobación de los acreedores que cumpla con los requisitos de la Ley de Quiebras. Entonces, se puede radicar la petición y el proceso será más expedito y menos costoso.

Las quiebras pre-arregladas tienen ventajas significativas. En primer término, se logra la confirmación del plan en tiempo más breve. Esto permite el ahorro de costos administrativos, ya que no es necesario la litigación o trámites intensos como en un Capítulo 11 ordinario. Además, por la rapidez del proceso y por su costo efectividad, se afectan menos las operaciones del negocio y los acreedores pueden preferirla, porque también reducen sus gastos administrativos.

No obstante, este proceso de quiebra pre-arreglada debe planificarse detalladamente para que no se manifiesten ciertas desventajas que puede tener el trámite.

En primer término, una quiebra pre-arreglada a veces no le permite suficiente tiempo de protección a la empresa para estar lista para planificación de la implantación del plan. La protección de la Sección 362, que paraliza automáticamente todas las gestiones de cobro de los acreedores, le ofrece un respiro a la empresa para que puedan implantarse todas las medidas posibles para que el plan sea viable. Sin embargo, esta protección solo se mantiene durante la vigencia del caso. Si el caso se dispone con rapidez, menos tiempo existe para reorganizar.

Por otro lado, el contactar a los acreedores sin una estrategia clara para tratar de negociar una quiebra pre-arreglada, puede hacer que se pongan más estrictos en las condiciones de crédito o en los trámites ordinarios de administración relacionados, que los suplidores se nieguen a continuar con las relaciones comerciales, o peor aún, que alguno de estos radique en contra de su negocio, una petición de quiebra involuntaria.

Además, dada la rapidez del proceso en el cual después de la radicación prácticamente se procede a la verificación y aprobación del plan, no es posible utilizar otros recursos que provee la Ley de Quiebras para beneficiar la empresa, como es el caso de rechazar contratos onerosos.

No obstante, si la quiebra pre-arreglada se planifica correctamente, las ventajas sobrepasan a las desventajas, por lo que es conveniente, tanto para el deudor como para los acreedores. Esto ha quedado manifiesto en el hecho de que ya para el año 2011, más del 50% de las quiebras de grandes negocios en los Estados Unidos ocurrieron con algún tipo de arreglo previo.

Es necesario puntualizar que, en algunas ocasiones, la quiebra pre-arreglada puede ser de naturaleza parcial. Es decir, que se pueda llegar a un acuerdo con varios acreedores, pero que no sean suficientes en términos de deuda o de la cantidad de reclamaciones a los fines de que el plan pueda aprobarse. No obstante, esto es un adelanto de trabajo que va a beneficiar también la rapidez con la cual se puede confirmar el plan.

Para poder lograr una quiebra pre-arregla es indispensable la recopilación de toda la información financiera pertinente al plan. Es necesario conceptualizar y redactar un plan de viabilidad con una reestructuración de la empresa que los acreedores puedan aprobar. Este plan debe identificar las medidas o cambios que deben hacerse en las obligaciones de crédito para que el plan sea viable. Además, debe incluir toda la información financiera y operacional que requeriría la Corte de Quiebras en un Escrito de Divulgación. Esto, para lograr que los acreedores puedan tomar decisiones informadas y no vayan a ocurrir controversias posteriores en el sentido de que no se hizo una divulgación completa de las circunstancias operaciones y financieras a la hora de determinar la aprobación del plan.

Una vez se recopila la información mencionada, se presentará a los acreedores en el orden en que estratégicamente convenga, aunque, muy probablemente, conviene presentarla a los acreedores que tienen el monto mayor de las deudas.

La negociación con los acreedores debe tener el objetivo de que el plan se apruebe y se logre la viabilidad de la empresa, pero esto solamente se puede alcanzar cuando lo aprueben dos terceras partes de la cantidad de la deuda y más del 50% de los acreedores de una clase afectada.


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